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Pensión de Viudez (causante no pensionista)Pensión de Viudez (causante no pensionista)<p>​Te informamos que pensando en tu seguridad, nuestros locales físicos de atención a nivel nacional permanecerán cerrados como medida de prevención, mientras dure la emergencia sanitaria. Solicita tu cita virtual para que un asesor te oriente en la presentación de tu solicitud.​</p><div class="u-modulo" style="background-color:transparent;"> <a class="boton-modulo" href="/paginas/solicitudvirtual.aspx"> <p>Solicitar​ cita virtual</p>​</a> </div>​​​<span> <div class="bloque-asesoria"><div class="texto-asesoria"><div style="text-align:left;"> </div><div style="text-align:left;"><div style="color:#333333;font-style:italic;margin:0px;padding:0px;border:0px;font-stretch:inherit;line-height:inherit;background-color:#fff7dc;">Contáctenos a través de nuestro <strong style="margin:0px;padding:0px;border:0px;font-style:inherit;font-variant:inherit;font-stretch:inherit;font-size:inherit;line-height:inherit;font-family:inherit;">servicio ONP Te escucha</strong></div><div style="color:#333333;font-style:italic;margin:0px;padding:0px;border:0px;font-stretch:inherit;line-height:inherit;background-color:#fff7dc;"><strong style="margin:0px;padding:0px;border:0px;font-style:inherit;font-variant:inherit;font-stretch:inherit;font-size:inherit;line-height:inherit;font-family:inherit;"></strong> </div><p style="margin-bottom:0px;line-height:15px;color:#333333;font-style:italic;padding:0px 0px 5px;border:0px;font-stretch:inherit;font-size:13px;background-color:#fff7dc;text-align:justify !important;"><strong style="margin:0px;padding:0px;border:0px;font-style:inherit;font-variant:inherit;font-stretch:inherit;font-size:inherit;line-height:inherit;font-family:inherit;">Llámanos al:</strong> ​(01) 634-2222 o contáctanos vía <strong style="margin:0px;padding:0px;border:0px;font-style:inherit;font-variant:inherit;font-stretch:inherit;font-size:inherit;line-height:inherit;font-family:inherit;">WhatsApp </strong><span style="margin:0px;padding:0px;border:0px;font:inherit;"><a href="https://wa.link/8licbb" style="margin:0px;padding:0px;border:0px;font:inherit;">aquí</a><a href="https://wa.link/8licbb"></a></span></p><p style="margin-bottom:0px;line-height:15px;color:#333333;font-style:italic;padding:0px 0px 5px;border:0px;font-stretch:inherit;font-size:13px;background-color:#fff7dc;text-align:justify !important;"><br></p><div style="color:#333333;font-style:italic;margin:0px;padding:0px;border:0px;font-stretch:inherit;line-height:inherit;background-color:#fff7dc;"><strong style="margin:0px;padding:0px;border:0px;font-style:inherit;font-variant:inherit;font-stretch:inherit;font-size:inherit;line-height:inherit;font-family:inherit;">Horarios </strong></div><div style="color:#333333;font-style:italic;margin:0px;padding:0px;border:0px;font-stretch:inherit;line-height:inherit;background-color:#fff7dc;"><strong style="margin:0px;padding:0px;border:0px;font-style:inherit;font-variant:inherit;font-stretch:inherit;font-size:inherit;line-height:inherit;font-family:inherit;">- ONP Te escucha: </strong>lunes a viernes de 8 a.m. a 5:30 p.m.  </div><div style="color:#333333;font-style:italic;margin:0px;padding:0px;border:0px;font-stretch:inherit;line-height:inherit;background-color:#fff7dc;"><strong style="margin:0px;padding:0px;border:0px;font-style:inherit;font-variant:inherit;font-stretch:inherit;font-size:inherit;line-height:inherit;font-family:inherit;">- WhatsApp:</strong> lunes de 8 a.m. a 7 p.m. y de martes a viernes de 8 a.m. a 5 p.m.​​​​​</div></div></div></div></span>​<div class="ui-tabs ui-widget ui-widget-content ui-corner-all" id="tabs-onp" style="z-index:1;"><ul class="ui-tabs-nav ui-helper-reset ui-helper-clearfix ui-widget-header ui-corner-all" role="tablist"><li class="ui-state-default ui-corner-top ui-tabs-active ui-state-active" role="tab" aria-expanded="true" aria-selected="true" aria-controls="tabs-1" aria-labelledby="ui-id-1">​​​<a tabindex="-1" class="ui-tabs-anchor" id="ui-id-1" role="presentation" href="#tabs-1" data-subservicio="19990" style="padding:3px;">SNP D​.L. Nº 19990</a></li><li class="ui-state-default ui-corner-top" role="tab" aria-expanded="false" aria-selected="false" aria-controls="tabs-2" aria-labelledby="ui-id-2" tabindex="-1"><a tabindex="-1" class="ui-tabs-anchor" id="ui-id-2" role="presentation" href="#tabs-2" data-subservicio="20530" style="padding:3px;">D.L. N° 20530</a>​</li><li tabindex="-1" class="ui-state-default ui-corner-top" role="tab" aria-expanded="false" aria-selected="false" aria-controls="tabs-3" aria-labelledby="ui-id-3"><a tabindex="-1" class="ui-tabs-anchor" id="ui-id-3" role="presentation" href="#tabs-3" data-subservicio="18846" style="padding:3px;">D.L. N° 18846</a></li><li tabindex="-1" class="ui-state-default ui-corner-top" role="tab" aria-expanded="false" aria-selected="false" aria-controls="tabs-4" aria-labelledby="ui-id-4"><a tabindex="-1" class="ui-tabs-anchor" id="ui-id-4" role="presentation" href="#tabs-4" data-subservicio="26790" style="padding:3px;">SCTR (Ley N° 26790)​</a></li><li class="ui-state-default ui-corner-top" role="tab" aria-expanded="false" aria-selected="false" aria-controls="tabs-5" aria-labelledby="ui-id-5" tabindex="-1"><a tabindex="-1" class="ui-tabs-anchor" id="ui-id-5" role="presentation" href="#tabs-5" data-subservicio="30003" style="padding:3px;">REP (Ley N° 30003)​</a></li></ul><div class="ui-tabs-panel ui-widget-content ui-corner-bottom" id="tabs-1" role="tabpanel" aria-hidden="false" aria-labelledby="ui-id-1"><div class="u-modulo"><div class="texto-modulo"><p>La pensión de viudez que ofrece el Sistema Nacional de Pensiones- SNP (D.L. N°19990), generada cuando la/el causante no es pensionista, es un beneficio monetario que se le otorga a la/el cónyuge ​de la/el asegurada/o fallecida/o y equivale al 50 % del monto de la pensión que hubiera recibido el/la titular.</p></div><div class="modulo">Beneficia a: <div class="dirigido-dato">La cónyuge del asegurado fallecido.</div><div class="dirigido-dato">El cónyuge varón inválido o mayor de 60 años de una asegurada fallecida que haya dependido económicamente de la causante.</div></div></div><div class="u-flujo-como"><h2>Condiciones de celebración de matrimonio para reconocimiento de derecho: </h2><ul><li>Si el matrimonio se celebró antes de que el cónyuge (varón) cumpla 60 años de edad, se exige que el matrimonio haya durado por lo menos 2 años.</li><li>Si el matrimonio se celebró antes de que la cónyuge (mujer) cumpla 55 años de edad, se exige que el matrimonio haya durado por lo menos 2 años.</li><li>Si el matrimonio del varón o de la mujer se celebró por lo menos en las edades mencionadas, 60 años y 55 años respectivamente, se exige que el matrimonio haya durado por lo menos 1 año.</li></ul><h2>Casos de excepción en la fecha de celebración del matrimonio:</h2><ul><li>Si la/el causante falleció por accidente, deberá adjuntar Parte Policial y/o Certificado de Necropsia.</li><li>Si existiese(n) hija/o(s) en común, deberá adjuntar Partida o Acta de Nacimiento de reciente expedición (máximo 3 meses de antigüedad).</li><li>Si la viuda se encontrase en estado grávido, deberá adjuntar certificado médico que acredite el estado de gravidez a la fecha.</li></ul><h2>Cómo solicitarla:</h2><p>La/El solicitante deberá consignar la siguiente documentación:</p></div><div class="u-flujo-requisito"><ol><li>Documentos para acreditar si al causante le corresponde derecho a pensión:<ol><li><p>En caso que se tratase de un/a asegurado/a facultativo/a, adjuntar copia simple legible de la resolución de inscripción o recuperación de la condición de facultativo/a (sólo si el documento no ha sido emitido por la ONP) y comprobantes de pago que acrediten los aportes efectuados. </p></li><li><p>Copia de documentos que acrediten la relación laboral y/o declaración simple que consigne el vínculo laboral de la/el causante y la(s) dirección(es) actualizada(s) de la ubicación de los libros de planillas de el/la empleador/a o empleadoras/es en caso de conocerlas/os. Entre los documentos que puede adjuntar se encuentran: </p><ol><li>Certificados de Trabajo, suscrito por quien detenta la titularidad para hacerlo en nombre de el/la empleador/a.</li><li>Boletas de Pago de remuneraciones con nombre, cargo y firma legible de quien lo suscribe.</li><li>Liquidación de tiempos de servicios o de Beneficios Sociales con nombre, cargo y firma legible de quien lo suscribe.</li><li>Constancias de aportaciones de ORCINEA, del IPSS o EsSalud.</li><li>Declaración Jurada de el/la Empleador/a indicando los periodos laborados, suscrita por la/el representante legal de el/la empleador/a, condición que se acreditara con la copia literal de la partida registral de Registros Públicos.</li><li>Copia de los libros de planillas de remuneraciones.</li><li>Carné de seguro social IPSS (obrero y/o empleado).</li><li>Carné autogenerado o constancia de Inscripción al Seguro Social.</li><li>Otros documentos expedidos por el/la empleador/a donde consigne fecha cierta y se haga mención a la/el solicitante.</li></ol></li></ol></li><li>Documentos para solicitar pensión de viudez:<ol><li><p>Si la solicitud es presentada por un/a tercero/a, deberá adjuntar poder general, o poder especial, que faculte a la/el apoderada/o para firmar Declaraciones Juradas. En dicho casos se debe exhibir el D.N.I. vigente de la persona que presenta la solicitud, de la/el apoderada/o y de la/el poderdante, según corresponda. En el caso de extranjeras/os, presentar copia simple legible del carné de extranjería o pasaporte.</p></li><li><p>Copia de Partida o acta de defunción de la/el causante.</p></li><li><p>En caso de que el domicilio declarado no coincida con el consignado en el D.N.I., deberá adjuntar copia del recibo de pago de algún servicio público y/o Declaración Jurada.</p></li><li><p>Copia de Partida o acta de matrimonio civil en caso de conyuges, o sentencia de declaración de unión de hecho emitida por el órgano jurisdiccional o vía notarial, debidamente inscrita en el registro personal. Para matrimonios en el extranjero el acta deberá estar inscrita en el consulado del país donde se celebró o deberá inscribirse dentro de los 90 días contados a partir del ingreso al territorio nacional de los contrayentes; caso contrario, deberá hacerlo judicialmente.</p></li></ol></li></ol></div><div class="u-flujo-como"><h2><strong>Si la causante es mujer:</strong></h2><ul><li><p>Si el beneficiario es menor de 60 años de edad, deberá adjuntar copia simple del Certificado Médico emitido por el Ministerio de Salud, el Seguro Social de Salud - EsSalud o una Entidad Prestadora de Salud - EPS (aplica solo para cuando la cónyuge o integrante de la unión de hecho se encuentra en estado grávido a la fecha de fallecimiento del asegurado).</p></li><li><p>En su defecto, si es mayor de 60 años de edad, deberá adjuntar Declaración Jurada de haber dependido económicamente de la causante y de no percibir remuneración o ingresos superiores a media remuneración mínima vital.</p></li></ul></div></div><div class="ui-tabs-panel ui-widget-content ui-corner-bottom" id="tabs-2" role="tabpanel" aria-hidden="true" aria-labelledby="ui-id-2" style="display:none;"><div class="u-modulo"><div class="texto-modulo"><p>La pensión de viudez que ofrece el D.L. N° 20530, cuando la/el causante o asegurada/o titular no es pensionista, es otorgada de la siguiente manera:</p><div class="u-flujo-como"><ul><li>Se le brindará el 100% de la pensión de invalidez o cesantía que hubiera percibido la/el causante, siempre que el monto de dicha pensión no supere la Remuneración Mínima Vital (RMV).</li><li>Se otorgará 50% de la pensión de invalidez o cesantía que hubiera podido percibir la/el causante, en los casos en que el valor de dicha pensión sea mayor a una Remuneración Mínima Vital, estableciéndose para estos casos una pensión mínima de viudez equivalente a una RMV.</li></ul></div><p><strong>En caso de sobrevivientes varones (viudos):</strong></p><p>Se le otorgará la pensión de viudez solo cuando se encuentre incapacitado para subsistir por sí mismo, carezca de rentas o ingresos superiores al monto de la pensión y no esté amparado por algún sistema de seguridad social.</p><p><strong>En caso de cónyuges sobrevivientes con invalidez permanente:</strong></p><p>La/El cónyuge sobreviviente al que se le otorgó la pensión de viudez, recibirá adicionalmente una bonificación mensual, cuyo monto será igual a una RMV, siempre y cuando sufra de una invalidez que requiera de cuidado permanente y que sea dictaminada de manera previa por una Comisión Médica de EsSalud o del Ministerio de Salud.</p></div><div class="modulo">Beneficia a: <div class="dirigido-dato">A la/el cónyuge de la/el asegurada/o fallecida/o.</div></div></div><div class="u-flujo-requisito"><h2>Cómo solicitarla:</h2><ol><li><strong>En el caso del Régimen D.L. N° 20530 administrado por entidades activas del Estado:</strong> la/el solicitante deberá presentar su documentación en la empresa en la cual trabajó la/el causante.</li><li><strong>En el caso del Régimen D.L. N° 20530 administrado por la ONP (instituciones liquidadas):</strong> la/el solicitante deberá presentarse en cualquiera de los Centros de Atención la ONP ubicados a nivel nacional con la siguiente documentación: <ol><li>Exhibir el D.N.I. vigente y en el caso de extranjeras/os, presentar copia simple legible del carné de extranjería o pasaporte de la/el solicitante. </li><li>Poder general, si la solicitud es presentada por un/a tercero/a o poder especial si además se faculta a la/el apoderada/o a firmar Declaraciones Juradas. En dichos casos se debe exhibir el D.N.I. de la persona que presenta la solicitud, de la/el apoderada/o y de la/el poderdante, según corresponda. En el caso de extranjeras/os, presentar copia simple legible del carné de extranjería o pasaporte. </li><li>Partida o acta de defunción de la/el causante, sólo para quienes no se encuentren registradas/os en el RENIEC. </li><li>Partida o Acta de Matrimonio Civil de reciente expedición, máximo 3 meses de antigüedad, sólo para quienes no se encuentren registradas/os en el RENIEC. </li></ol></li></ol></div><div class="u-flujo-como"><p><strong>En caso de ser hombre el solicitante:</strong></p><ul><li>Declaración jurada del cónyuge sobreviviente indicando si se encuentra incapacitado para subsistir por sí mismo, si carece de renta afecta a montos superiores al monto de la pensión y si está amparado por algún sistema de seguridad social.</li></ul><p><strong>En caso de no concurrir con hijas/os:</strong></p><ul><li>Declaración jurada de la/el cónyuge sobreviviente indicando si conoce la existencia de hijas o hijos menores de edad o mayores de edad incapacitadas/os con derecho a pensión.</li></ul><p><strong>Casos de excepción en la fecha de celebración del matrimonio:</strong></p><ul><li>Parte Policial y/o Certificado Necropsia, si el fallecimiento fue causado por un accidente.</li><li>Si la/el cónyuge sobreviviente se encontró en estado grávido, certificado médico que acredite el estado de gravidez a la fecha de fallecimiento de la/el causante. </li><li>Si la/el cónyuge fuese minusválida/o, Dictamen de Comisión Médica de Seguro Social de Salud (EsSalud), o del Ministerio de Salud, que acredite minusvalía.</li><li>Si existiese(n) hija/o(s) en común, exhibir el D.N.I. vigente de hijas o hijos menores de 18 años.​</li></ul></div></div><div class="ui-tabs-panel ui-widget-content ui-corner-bottom" id="tabs-3" role="tabpanel" aria-hidden="true" aria-labelledby="ui-id-3" style="display:none;"><div class="u-modulo"><div class="texto-modulo"><p>La pensión de viudez que ofrece el <b>D.L. N° 18846</b> otorga a la/el cónyuge de la/el asegurada/o fallecida/o a consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional (hasta el 18 de mayo de 1998) hasta el 50% de la Renta del titular, para ello será necesario que se acredite el vínculo matrimonial. Este derecho cesa cuando la/el cónyuge contrae un nuevo matrimonio.</p></div><div class="modulo">Beneficia a: <div class="dirigido-dato">A la/el cónyuge de la/el asegurada/o fallecida/o  que se desempeña como obrera/o.</div></div></div><div class="u-flujo-requisito"><h2>Cómo solicitarla:</h2><p>La/El solicitante deberá presentarse en cualquiera de los Centros de Atención de la ONP ubicados a nivel nacional con la siguiente documentación:</p><ol><li>Documentos para acreditar si a la/el asegurada/o causante le corresponde derecho a Renta: <ol><li><p>Documentos que acrediten la relación laboral y/o declaración simple que consigne el vínculo laboral y la(s) dirección(es) actualizada(s) de la ubicación de los libros de planillas de el/la empleador/a o empleadoras/es en caso de conocerlas. Entre los documentos que puede adjuntar se encuentran:</p><ol><li>Certificados de Trabajo, suscrito por quien detenta la titularidad para hacerlo en nombre de el/la empleador/a.</li><li>Boletas de Pago de remuneraciones con nombre, cargo y firma legible de quien lo suscribe.</li><li>Liquidación de tiempos de servicios o de Beneficios Sociales con nombre, cargo y firma legible de quien lo suscribe.</li><li>Constancias de aportaciones de ORCINEA, del IPSS o EsSalud.</li><li>Declaración Jurada de el/la Empleador/a indicando los periodos laborados, suscrita por la/el representante legal de el/la empleador/a, condición que se acreditara con la copia literal de la partida registral de Registros Públicos.</li><li>Copia de los libros de planillas de remuneraciones.</li><li>Carné de seguro social IPSS (obrera, obrero y/o empleada, empleado).</li><li>Carné autogenerado o constancia de Inscripción al Seguro Social.</li><li>Otros documentos expedidos por el/la empleador/a donde consigne fecha cierta y se haga mención a la/el solicitante.</li></ol></li><li><p>Certificado Médico de Invalidez. El certificado médico debe ser expedido por una comisión médica de EPS, EsSalud o MINSA.</p></li><li><p>Aviso de accidente, firmado y sellado por el ex-IPSS o EsSalud.</p></li><li><p>Para el caso de pescadoras/es, se deberá presentar adicionalmente la papeleta de zarpe.</p></li><li><p>Parte Policial y Certificado de Necropsia, si el fallecimiento fue causado por un accidente de trabajo o enfermedad profesional.</p></li></ol></li><li>Documentos para solicitar pensión de viudez <ol><li>Exhibir el D.N.I. vigente y en el caso de extranjeras/os, presentar copia simple legible del carné de extranjería o pasaporte de la/el solicitante.</li><li>Poder general, si la solicitud es presentada por un/a tercero/a o poder Especial si además se faculta a la/el apoderada/o a firmar Declaraciones Juradas. En dichos casos se debe exhibir el D.N.I. vigente de la persona que presenta la solicitud, de la/el apoderada/o y de la/el poderdante, según corresponda. En el caso de extranjeras/os, presentar copia simple legible del carné de extranjería o pasaporte.</li><li>Partida o Acta de defunción de la/el causante, sólo para quienes no se encuentren registradas/os en el RENIEC. </li><li>Partida o Acta de Matrimonio Civil de reciente expedición (máximo 3 meses de antigüedad), sólo para quienes no se encuentren registradas/os en el RENIEC.​</li></ol></li></ol></div></div><div class="ui-tabs-panel ui-widget-content ui-corner-bottom" id="tabs-4" role="tabpanel" aria-hidden="true" aria-labelledby="ui-id-4" style="display:none;"><div class="u-modulo"><div class="texto-modulo"><p>El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo- SCTR, que brinda la ONP, otorga coberturas por accidente de trabajo y enfermedad profesional a las personas que realizan labores que pueden poner en peligro su salud o su vida en un centro de trabajo de alto riesgo. De acuerdo a la Ley N° 26790, todas las empresas que realizan actividades de riesgo están obligadas a contratar este tipo de seguro para sus trabajadoras/es.</p><p>En caso de producirse la muerte de el/la titular, el SCTR ofrece a la/el cónyuge una pensión de viudez. En caso la/el cónyuge no tenga hijas o hijos recibirá una pensión vitalicia equivalente al 42% de la remuneración de la/el asegurada/o y si tuviera un/a hijo/a o más obtendrá una pensión vitalicia igual al 35 % de la remuneración de la/el asegurada/o. El cálculo de la pensión de viudez se realiza en base a las 12 últimas remuneraciones mensuales percibidas por la/el causante antes de su muerte. </p></div><div class="modulo">Beneficia a: <div class="dirigido-dato">A la/el cónyuge de la/el asegurada/o fallecida/o.</div></div></div><div class="lista_numerominuscula"><h2>Cómo solicitar la pensión de viudez por SCTR:</h2><p>La/El solicitante deberá presentar su requerimiento en cualquiera de los Centros de Atención de la ONP ubicados a nivel nacional.</p><h2>Qué documentos presentar</h2><ol><li><p>Solicitud de pensión de sobrevivencia.</p></li><li><p>Certificado de defunción.</p></li><li><p>Partida de Matrimonio (original o copia legalizada con una vigencia no mayor a 3 meses), y/o en caso de ser conviviente, hacer llegar la Resolución de Declaración Judicial de Unión de Hecho consentida.</p></li><li><p>Declaración jurada de la entidad empleadora y de anteriores empleadoras/es, de ser el caso, en la que se acrediten las remuneraciones percibidas por la/el asegurada/o durante los 12 meses anteriores al siniestro.</p></li><li><p>Copia legalizada del D.N.I. vigente de la/el asegurada/o/trabajador/a de las y los sobrevivientes solicitantes.</p></li><li><p>Si es accidente de trabajo:</p><ol><li><p>Atestado policial</p></li><li><p>Protocolo y resultado de necropsia de ley </p></li><li><p>Resultado de dosaje etílico y toxicológico</p></li><li><p>Informe del accidente de trabajo emitido por el departamento y seguridad de la empresa</p></li><li><p>Aviso de siniestro</p></li></ol></li><li><p>Si es enfermedad profesional:</p><ol><li><p>Partida o acta de defunción de la/el causante</p></li><li><p>Certificado de defunción o protocolo de autopsia que acredite que la muerte se produjo como consecuencia de la enfermedad profesional.</p></li></ol></li></ol><p><strong><u>NOTA:</u></strong> Las personas que reclamen gastos de sepelio, deberán presentar adicionalmente, la solicitud de reembolso y las facturas, boletas de venta y recibos originales que sustenten los mismos. Estos documentos deben estar emitidos a nombre de la persona natural o jurídica que solicite el reembolso.</p><h2>Pensión de viudez por Cobertura Supletoria (SCTR - Ley N° 26790)</h2><p><strong>La Cobertura Supletoria SCTR (Ley N° 26790),</strong> fue creada para brindar protección a las y los trabajadoras/es que pese a realizar labores de riesgo, no fueron aseguradas/os por sus empleadoras/es como lo dispone el marco legal vigente, el cual exige la contratación del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo - SCTR. La Cobertura Supletoria brinda una pensión de viudez en los casos en que el fallecimiento de el/la trabajador/a se haya producido debido a un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional. </p><p>La pensión para la/el cónyuge que no tenga hijas e hijos será equivalente al 42% de la remuneración que percibía la/el asegurado y en caso de que tenga un/a hijo/a o más recibirá una pensión igual al 35% de la remuneración de el/la titular fallecido/a. En ambos casos el cálculo de la pensión se realizará teniendo en cuenta el promedio de las 12 últimas remuneraciones mensuales percibidas por la/el causante.</p><h2>Cómo solicitar la pensión de viudez por Cobertura Supletoria por Accidente de Trabajo:</h2><p><strong></strong> </p><p><span style="color:#222222;line-height:21.12px;font-family:verdana, arial, sans-serif;font-size:13.2px;background-color:#ffffff;">La/El solicitante deberá presentar su requerimiento en cualquiera de los Centros de Atención de la ONP ubicados a nivel nacional.</span><span style="color:#222222;line-height:21.12px;font-family:verdana, arial, sans-serif;font-size:13.2px;background-color:#ffffff;">​</span></p><h2>Qué documentos presentar:</h2><ol><li><p>Solicitud dirigida al Equipo de Trabajo de Gestión de Afiliados de la ONP.</p></li><li><p>Exhibir D.N.I. vigente y en el caso de extranjeras/os, copia de Carné de Extranjería o Pasaporte de la/el solicitante.</p></li><li><p>Planilla de el/la empleador/a donde figure el nombre de el/la trabajador/a (copia simple) correspondiente al mes del siniestro.</p></li><li><p>Certificado de trabajo (copia simple) en el que se indique fecha de inicio y cese de vínculo laboral, emitido por el/la empleador/a para el cual laboraba el/la trabajador/a fallecido/a al momento de ocurrido el accidente.</p></li><li><p>Declaración jurada de la entidad empleadora que indique las doce últimas remuneraciones anteriores al siniestro percibidas por el/la trabajador/a o copia de las boletas de pago emitidas por la entidad empleadora acreditando las doce últimas remuneraciones anteriores al siniestro.</p></li><li><p>Informe detallado sobre el siniestro emitido por la empresa.</p></li><li><p>Atestado policial del siniestro ocurrido.</p></li><li><p>Resultado del dosaje etílico y análisis toxicológico.</p></li><li><p>Partida o Acta de defunción de la/el causante.</p></li><li><p>Partida o acta de Matrimonio Civil o sentencia emitida de reconocimiento judicial de unión civil de hecho, de reciente expedición (máximo 3 meses de antigüedad).</p></li></ol><h2>Cómo solicitar la pensión de viudez por Cobertura Supletoria por Enfermedad Profesional:</h2><p><strong></strong> </p><p><span style="color:#222222;line-height:21.12px;font-family:verdana, arial, sans-serif;font-size:13.2px;background-color:#ffffff;">La/El solicitante deberá presentar su requerimiento en cualquiera de los Centros de Atención de la ONP ubicados a nivel nacional.</span><span style="color:#222222;line-height:21.12px;font-family:verdana, arial, sans-serif;font-size:13.2px;background-color:#ffffff;">​</span></p><h2>Qué documentos presentar:</h2><ol><li><p>Solicitud dirigida al Equipo de Trabajo de Gestión de Afiliados de la ONP.</p></li><li><p>Exhibir el D.N.I. vigente y en el caso de extranjeras/os, copia de Carné de Extranjería o Pasaporte de la/el solicitante.</p></li><li><p>Certificado de trabajo (copia simple) en el que se indique fecha de inicio y cese de vínculo laboral, emitido por el/la empleador/a para el cual laboraba el/la trabajador/a fallecido/a al momento de contraer la enfermedad.</p></li><li><p>Declaración jurada de la entidad empleadora que indique las doce últimas remuneraciones percibidas por el/la trabajador/a o copia de las boletas de pago emitidas por la entidad empleadora acreditando las doce últimas remuneraciones.</p></li><li><p>Partida o Acta de defunción de la/el causante.</p></li><li><p>Certificado de defunción o protocolo de autopsia que acredite que la muerte se produjo como consecuencia de la enfermedad profesional.</p></li><li><p>Partida o acta de Matrimonio Civil o sentencia emitida de reconocimiento judicial de unión civil de hecho, de reciente expedición (máximo 3 meses de antigüedad).</p></li></ol></div><div class="bloque-asesoria"><div class="texto-asesoria">Para cualquier información sírvase comunicarse a los teléfonos: 433-5801 o 634-2222 anexos 2789 o 2758.  La atención se realiza directamente en los Centros de Atención de la ONP a nivel nacional. ​</div></div></div><div class="ui-tabs-panel ui-widget-content ui-corner-bottom" id="tabs-5" role="tabpanel" aria-hidden="true" aria-labelledby="ui-id-5" style="display:none;"><div class="u-modulo"><div class="texto-modulo"><p>La pensión de viudez que ofrece el Régimen Especial Pesquero- REP (Ley N°30003), otorga a la/el cónyuge de la/el asegurada/o fallecida/o una pensión equivalente al 50% de la pensión a la que hubiera tenido derecho el/la titular (causante no pensionista).</p></div><div class="modulo">Beneficia a: <div class="dirigido-dato">A la/el cónyuge de la/el asegurada/o.</div><div class="dirigido-dato">Convivientes cuya unión de hecho haya durado por lo menos dos años continuos.</div></div></div><div class="u-flujo-como"><h2>Cómo solicitarla:</h2><p>La/El solicitante deberá presentarse en cualquiera de los Centros de Atención la ONP ubicados a nivel nacional con la siguiente documentación: </p><ol><li>Exhibir el D.N.I. vigente y en el caso de extranjeras/os, presentar copia simple legible del carné de extranjería o pasaporte de la/el solicitante.</li><li>Poder general, si la solicitud es presentada por un/a tercero/a o poder especial si además se faculta a la/el apoderada/o a firmar Declaraciones Juradas. En dicho casos se debe exhibir el D.N.I. vigente de la persona que presenta la solicitud, de la/el apoderada/o y de la/el poderdante, según corresponda. En el caso de extranjeras/os, presentar copia simple legible del carné de extranjería o pasaporte. </li><li>Partida o Acta de defunción de la/el causante.</li><li>Partida o Acta de Matrimonio Civil de reciente expedición (máximo 3 meses de antigüedad), en caso de cónyuges o documento que contenga la Declaración judicial o notarial de la Unión de Hecho, realizada previamente al fallecimiento de el/la titular, en caso de convivientes.</li><li>Los requisitos y documentos para que la/el beneficiaria/o pueda solicitar el derecho a pensión de la/el causante.</li></ol><h2>Casos de excepción en la fecha de celebración del matrimonio:</h2><ul><li>Si existiese(n) hija/o(s) en común, Partida o Acta de Nacimiento de reciente expedición (máximo 3 meses de antigüedad).</li><li>Si la viuda se encontrase en estado grávido, certificado médico que acredite el estado de gravidez a la fecha de fallecimiento del causante.​</li></ul></div></div></div>​

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