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ONP APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA LA DEVOLUCIÓN DE APORTES A TRABAJADORES INDEPENDIENTES (LEY N° 30237)
https://www.onp.gob.pe/noticias/lima/devolucion_aportes
ONP APRUEBA PROCEDIMIENTO PARA LA DEVOLUCIÓN DE APORTES A TRABAJADORES INDEPENDIENTES (LEY N° 30237)
03/10/2014 5:00:00
<p>La Oficina de Normalización Previsional (ONP) aprobó su procedimiento para solicitar la devolución de aportes realizados por los trabajadores independientes.</p><p>Con el objetivo de facilitar la atención de estas solicitudes, se ha coordinado con el Banco de la Nación iniciar la recepción de las mismas a partir del jueves 09 de octubre. Para tal fin, el Banco de la Nación implementará los mecanismos que sean necesarios para hacer efectivas las devoluciones.</p><p> <strong>Procedimiento</strong></p><ul><li><p>El interesado se acercará al Banco de la Nación con su DNI vigente para solicitar la devolución de sus aportes.</p></li><li><p>El Banco entregará al interesado un comprobante del registro de su solicitud</p></li><li><p>La ONP validará la información proporcionada y habilitará los fondos que correspondan.</p></li><li><p>A partir del 5° día hábil, el interesado podrá acercarse al Banco de la Nación a retirar el importe correspondiente, para lo cual deberá presentar su DNI.</p></li></ul><p>La ONP habilitará un canal de atención en su portal institucional <a href="http://www.onp.gob.pe/">www.onp.gob.pe</a>. para que el interesado pueda constatar la disponibilidad de sus fondos. También podrá consultar el estado del procedimiento de su devolución llamando a los teléfonos 595-0510 desde Lima o al 0801-12345 desde cualquier departamento del país al costo de una llamada local.</p><p>Tal como lo establece la Ley N° 30237 -norma que derogó el aporte obligatorio-, el reembolso se realizará a favor de los independientes que cotizaron al SNP durante los periodos que estuvo vigente la obligatoriedad, es decir del 01 de agosto al 22 de setiembre de 2013 y del 01 agosto al 17 de setiembre de 2014.</p>
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